°. La Comisión Asesora tendrá un Secretario, abogado titulado, que designará el Gobierno Nacional, con las siguientes funciones: Asistir a las sesiones de Comisión y llevar las actas; coordinar todos los servicios necesarios a la Comisión y a los Comités de Expertos para el desarrollo de sus trabajos; coordinar el trabajo de las Secretarías de los Comités de Especialistas.
Article 4
La Comisión Asesora Tendrá Un Secretario, Abogado Titulado, Que Designará El Gobierno Nacional, Con Las Siguientes Funciones: Asistir A Las Sesiones De Comisión Y Llevar Las Actas; Coordinar Todos Los Servicios Necesarios A La Comisión Y A Los Comités De Expertos Para El Desarrollo De Sus Trabajos; Coordinar El Trabajo De Las Secretarías De Los Comités De Especialistas
Decreto 2145 de 1968 · Por el cual se constituye la Comisión Asesora para el ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas por la Ley 16 de 1968 y se reglamenta su trabajo
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Constitutional history
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