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Article 1

Ley 58 de 1942 · Por la cual se provee a la defensa del puerto de orocué y al arreglo de la navegación de rio meta

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01

Text of the article

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El Gobierno Nacional, por conducto del Departamento de Aguas y Meteorología del Ministerio de la Economía Nacional, procederá, una vez sancionada esta Ley, a hacer ejecutar los estudios de las posibles obras de irrigación en las zonas aledañas a los ríos Cabrera, Suaza, Páez, Neiva, Bache, Venado, Aípe, Ríonegro y la quebrada del Cedro, de acuerdo con las Leyes 107 de 1936 y 88 de 1940.

Del mismo modo procederá a hacer practicar los estudios, cálculos y presupuestos para la ejecución de sendas represas en las quebradas de Buenavista, Yaguliga y Lagunilla, para el almacenaje de aguas para la irrigación de las plantaciones situadas en las vegas de dichas quebradas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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