Honorarios de los liquidadores. En virtud de que la venta de los bienes a los que se refiere el presente decreto será realizada por el Fontur o la entidad pública que este contrate, los honorarios de los depositarios y/o liquidadores de las sociedades cuyos únicos activos son los bienes con vocación turística de que trata el presente decreto, deberán ser fijados por la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación o la entidad que administre el Frisco, de tal manera que se cancelen por parte de la DNE o por quien haga sus veces como una suma fija mensual desde el momento de la entrega de dichos bienes al Fontur, tomando como base las actividades que se requieran realizar para la administración de la sociedad.
Decreto 2503 de 2012 →In force
Article 13
Honorarios De Los Liquidadores
Decreto 2503 de 2012 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 22 de la Ley 1558 de 2012
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.