°. Tarifa de retención en la fuente por concepto de subsidios oficiales a la demanda educativa . La tarifa de retención en la fuente aplicable sobre pagos o abonos en cuenta que efectúen entidades de derecho público a contribuyentes que estén obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios que sean titulares de establecimientos escolares oficialmente reconocidos por concepto de servicios de educación preescolar, básica primaria y media vocacional, relacionados con cupos escolares relativos a subsidios a la demanda educativa y que en virtud de contratación administrativa se efectúen, es del seis por ciento (6%) del valor del correspondiente pago o abono en cuenta. Lo anterior, sin perjuicio de las disposiciones de retención en la fuente aplicables a las entidades contribuyentes del régimen tributario especial.
Decreto 779 de 2004 →In force
Article 1
Tarifa De Retención En La Fuente Por Concepto De Subsidios Oficiales A La Demanda Educativa
Decreto 779 de 2004 · por el cual se fija la tarifa de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios sobre pagos o abonos en cuenta relacionados con subsidios oficiales a la demanda educativa.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
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