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Article 5

Decreto 812 de 1999 · por el cual se reglamenta la compensación a las entidades territoriales declarada en virtud del estado de emergencia económica, social y ecológica por el Decreto 195 del 29 de enero de 1999.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Contenido de la información. Para efectos de recibir la compensación, los secretarios de hacienda departamentales y municipales o quienes hagan sus veces deberán enviar debidamente diligenciado, a la Dirección General del Presupuesto Nacional, el formulario que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público elabore ara estos efectos, acompañado con la siguiente información

a)

La certificación de la planta de personal vigente al momento del terremoto, acompañada de los valores correspondientes a los salarios y las prestaciones de los servidores públicos de la respectiva entidad territorial;

b)

Identificar la cuenta a la cual la Dirección del Tesoro Nacional hará el giro correspondiente;

c)

En el caso del municipio de Tuluá en el departamento del Valle del Cauca, el porcentaje de los ingresos tributarios que se originen en el corregimiento de Barragán respecto del total de los ingresos del mencionado municipio.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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