°. En desarrollo del artículo 10 del Decreto-ley número 1415 de 1940, el Ministerio de la Economía Nacional designará comisiones individuales o plurales de funcionarios de su dependencia para que se trasladen a los lugares del país en donde haya núcleos de colonos o cultivadores de terrenos baldíos y en donde considere oportuno o conveniente fomentar las adjudicaciones de baldíos cuya extensión no exceda de cincuenta (50) hectáreas.
Article 1
En Desarrollo Del Artículo 10 Del Decreto-Ley Número 1415 De 1940, El Ministerio De La Economía Nacional Designará Comisiones Individuales O Plurales De Funcionarios De Su Dependencia Para Que Se Trasladen A Los Lugares Del País En Donde Haya Núcleos De Colonos O Cultivadores De Terrenos Baldíos Y En Donde Considere Oportuno O Conveniente Fomentar Las Adjudicaciones De Baldíos Cuya Extensión No Exceda De Cincuenta (50) Hectáreas
Decreto 198 de 1943 · reglamentario del artículo 10 del Decreto legislativo número 1415 de 1940
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