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Article 87

- Periodo De Dividendos Se Denomina Período De Dividendo El Tiempo Comprendido Entre La Fecha En Que Se Declaró El Último Dividendo Y La Señalada Para La Declaración Del Próximo; O El Período Comprendido Entre La Fecha En Que Empiece La Existencia De La Respectiva Entidad Y La Fecha En Que Se Decrete El Primer Dividendo

Decreto 663 de 1993 · por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración

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- PERIODO DE DIVIDENDOS Se denomina período de dividendo el tiempo comprendido entre la fecha en que se declaró el último dividendo y la señalada para la declaración del próximo; o el período comprendido entre la fecha en que empiece la existencia de la respectiva entidad y la fecha en que se decrete el primer dividendo.

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Constitutional history

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  1. 2000
    C-1370/00Constitutional reviewDECLINED TO RULE
1 ruling · source: the operative part of each ruling
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