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Article 1

Modifíquese El Artículo 7° Del Decreto Número 660 De 2011 El Cual Quedará Así: “ Artículo 7°

Decreto 1489 de 2015 · por el cual se modifica el Decreto número 660 de 2011.

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01

Text of the article

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°. Modifíquese el artículo 7° del Decreto número 660 de 2011 el cual quedará así: “ Artículo 7°. Inversiones o portafolios. Para efectos de la exención del gravamen a los movimientos financieros de que trata el numeral 14 del artículo 879 del Estatuto Tributario, se entienden como inversiones

1.

Valores inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE), valores listados en sistemas de cotización de valores del extranjero, participaciones en fondos de inversión colectiva, divisas, e instrumentos transados en las bolsas de productos agropecuarios y otros commodities, adquiridos directamente o a través de fondos de inversión colectiva, fondos o patrimonios autónomos, encargos fiduciarios y cualquier otro mecanismo autorizado que se utilice para tal fin;

2.

Certificados de Depósito a Término (CDT) y Certificados de Depósito de Ahorro a Término (CDAT); y

3.

Operaciones del mercado monetario realizadas directamente o a través de fondos de inversión colectiva, fondos o patrimonios autónomos, encargos fiduciarios y cualquier otro mecanismo autorizado que se utilice para tal fin. Para los mismos efectos, se entiende como portafolio un conjunto de inversiones”.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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