Artículo único. Establécense las obras de terminación del Palacio Nacional de Medellín y las de construcción del pabellón de talleres del Instituto "Pascual Bravo" de la misma ciudad, y adscribense las funciones de Ingeniero Administrador, Cajero - Contador y Almacenista de estas obras, al Ingeniero Administrados, Cajero - Contador y Almacenista de las obras de Edificios Nacionales, que se construyen actualmente en Medellín. Los últimos empleados responderán de su manejo con las fianzas que tienen otorgadas a favor de la Nación. Comuníquese y publíquese.
Decreto 988 de 1943 →In force
Article 1
Decreto 988 de 1943 · Por la cual se organizan las obras de terminación del Palacio Nacional de Medellín y la construcción de un pabellón de talleres en el Instituto Pascual Bravo de la misma ciudad
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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