JurídicoESEN

Article 1

Ley 58 de 1886 · que autoriza al Gobierno para auxiliar la construcción de un camino de herradura entre la ciudad del Socorro y el río Carare

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Art 1° Autorízase al Gobierno para hacer a la persona o compañía que tome a su cargo la construcción de un camino de herradura que ponga en comunicación directa la ciudad del Socorro con el rio Carare, atravesando la cordillera de Cobardes, frente a la misma ciudad del Socorro, las concesiones siguientes:

1° Hasta cien mil hectáreas de tierras baldías, a título gratuito, de las que haya disponibles al Occidente de la expresada cordillera.

2° Exención de derechos de Aduana y peajes nacionales para las máquinas, herramientas y demás utensilios que del extranjero se introduzcan con destino a la construcción del camino.

3° Derecho de preferencia, por seis años, para las adjudicaciones de terrenos baldíos, en una zona de ocho leguas, cuya línea central será el mismo camino.

Este derecho se refiere únicamente a las adjudicaciones imputables a las cien mil hectáreas de la concesión; y no afectara derechos de terceros, adquiridos por actos anteriores a la celebración definitiva del contrato sobre apertura de la vía.

4° Una guarnición militar (si el Gobierno lo estimare conveniente) hasta de cincuenta hombres, mientras sea necesaria para la seguridad de los trabajos del camino y de los colonos que se establezcan dentro de las zonas expresadas, como también de sus propiedades.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 58 de 1886