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Article 33

La Gerencia, A Solicitud De La Parte Interesada Contra El Pago De Los Derechos Establecidos En Las Tarifas Vigentes, Podrá Efectuar Todas Las Operaciones Necesarias Para La Consignación Y Manipulación De Las Mercancías

Decreto 1406 de 1973 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Francas, Industrial y Comercial de Buenaventura

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Text of the article

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La Gerencia, a solicitud de la parte interesada contra el pago de los derechos establecidos en las tarifas vigentes, podrá efectuar todas las operaciones necesarias para la consignación y manipulación de las mercancías. El propietario, no obstante podrá manipularlas bajo su dirección, siempre que cumpla con todo lo dispuesto por la Gerencia, en cuyo caso, cesará la responsabilidad de la Zona, haciéndose el interesado responsable de dicha manipulación. Las operaciones de elaboración, manipulación, perfeccionamiento, y conservación podrán efectuarse siempre que haya espacio suficiente que lo permita, en el mismo dos, renvalsados o transformados dentro de la Zona, utilizando negramente materias primas, productos, o elemento extranjeros, previamente introducidos del exterior directamente a la Zona Franca, es decir, que no hayan sido previamente nacionalizados.

02

Constitutional history

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