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Article 1

Mientras Subsista Turbado El Orden Público Y En Estado De Sitio El Territorio Nacional, La Jurisdicción De Orden Público Continuará Funcionando Con El Tribunal Superior De Orden Público Y Los Jueces, Fiscales Y Policía Judicial A Que Se Refiere Este Decreto

Decreto 2790 de 1990 · “por el cual se dicta el Estatuto para la Defensa de la Justicia, integrando en una sola jurisdicción los Jueces de Orden Público y los Especializados, creando mecanismos jurídicos para su protección y la de los demás intervinientes en los procesos penales de su competencia, organizando la Subdirección Nacional y las Direcciones Seccionales de Orden Público para darles el apoyo operativo y necesario para el cumplimiento de sus funciones y robusteciendo los organismos auxiliares de la justicia”.

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01

Text of the article

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ARTICULO 1° Mientras subsista turbado el orden público y en estado de sitio el territorio nacional, la Jurisdicción de Orden Público continuará funcionando con el Tribunal Superior de Orden Público y los Jueces, Fiscales y Policía Judicial a que se refiere este Decreto.

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Constitutional history

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