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Article 2

º En Solicitud, Que Deberá Formularse Por Escrito Y Presentarse Personalmente Ante El Notario Por Ambos Interesados O Sus Apoderados, Se Indicará: A) Nombres, Apellidos, Documentos De Identidad, Lugar De Nacimiento, Edad, Ocupación Y Domicilio De Los Contrayentes Y Nombre De Sus Padres; B) Que No Tienen Impedimento Legal De Celebrar Matrimonio, Y C) Que Es De Su Libre Y Espontánea Voluntad Unirse En Matrimonio

Decreto 2668 de 1988 · Por el cual se autoriza la celebración del matrimonio civil ante Notario público

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01

Text of the article

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º En solicitud, que deberá formularse por escrito y presentarse personalmente ante el Notario por ambos interesados o sus apoderados, se indicará: a) Nombres, apellidos, documentos de identidad, lugar de nacimiento, edad, ocupación y domicilio de los contrayentes y nombre de sus padres; b) que no tienen impedimento legal de celebrar matrimonio, y c) que es de su libre y espontánea voluntad unirse en matrimonio. Cuando los interesados pretendan legitimar a sus hijos extramatrimoniales comunes no reconocidos, deberán designarlos en la solicitud.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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