° Los miembros del Ejército en servicio activo, disfrutarán siempre de la rebaja del cincuenta por ciento (50 por 100) a que tiene derecho el Gobierno para sus empleados en algunas empresas particulares, y gozarán también de la misma rebaja, en los en los ferrocarriles del Estado; mediante una comprobación expedida por el Ministerio de Guerra o por los Comandantes de guarnición, fuera de la capital.
Article 5
Los Miembros Del Ejército En Servicio Activo, Disfrutarán Siempre De La Rebaja Del Cincuenta Por Ciento (50 Por 100) A Que Tiene Derecho El Gobierno Para Sus Empleados En Algunas Empresas Particulares, Y Gozarán También De La Misma Rebaja, En Los En Los Ferrocarriles Del Estado; Mediante Una Comprobación Expedida Por El Ministerio De Guerra O Por Los Comandantes De Guarnición, Fuera De La Capital
Decreto 417 de 1925 · en desarrollo del articulo 3° de la ley 4a de 1924.
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