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Article 8

Ley 17 de 1970 · Por la cual se dictan normas sobre las Comisiones del Congreso

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01

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Son funciones de la Comisión de la Mesa:

1.

Coordinar las labores de la respectiva Cámara y velar por su ordenado y eficaz funcionamiento.

2.

Exigir de las Comisiones el normal desarrollo de las funciones a ellas encomendadas.

3.

Presidir las sesiones plenarias de la Cámara respectiva y elaborar el orden del día para las mismas.

4.

Representar a la Cámara correspondiente ante las otras Ramas del Poder Público y en todos los actos públicos o privados donde su presencia sea requerida o necesaria.

5.

Elaborar, conforme a las leyes preexistentes y en asocio de la Comisión de la Mesa de la otra Cámara, el proyecto de ley de apropiaciones anuales para el funcionamiento del Congreso.

6.

Nombrar y remover los empleados para el servicio de la Cámara respectiva que la ley haya creado, cuya designación no corresponda a dicha Cámara en pleno, o a las Comisiones. En la designación se dará representación proporcional a los partidos y a las diversas secciones del país.

7.

Dictar el reglamento de trabajo de los empleados de la Cámara y velar por su cumplimiento.

8.

Nombrar las Comisiones Accidentales cuya designación le corresponda.

9.

Dirigir la policía interior de cada Cámara.

02

Constitutional history

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