Los Comandantes del Departamento de Policía serán responsables de la dirección, distribución y funcionamiento de los servicios de Policía dentro del territorio de su jurisdicción, y de la conducta y disciplina del personal bajo su mando. Los Comandos de Departamentos serán desempeñados por Oficiales Superiores de Policía. Los servicios, el control y disciplina del personal se realizarán de acuerdo con las normas de este estatuto, preceptos legales, reglamentos y órdenes de la Dirección General, disposiciones de los respectivos Gobernadores y Alcaldes; ordenanzas y acuerdos de las Asambleas y Concejos Municipales.
Decreto 1667 de 1966 →In force
Article 83
Los Comandantes Del Departamento De Policía Serán Responsables De La Dirección, Distribución Y Funcionamiento De Los Servicios De Policía Dentro Del Territorio De Su Jurisdicción, Y De La Conducta Y Disciplina Del Personal Bajo Su Mando
Decreto 1667 de 1966 · Por el cual se dicta el Estatuto Orgánico de la Policía Nacional
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01
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02
Constitutional history
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