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Article 3

Decreto 1706 de 1999 · por el cual se determinan las oportunidades para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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º . Servicio de seguimiento. El servicio de seguimiento se pagará anualmente por el interesado, de acuerdo con el siguiente procedimiento: Durante el primer mes de cada año de seguimiento, la autoridad ambiental proferirá el auto mediante el cual ordenará al beneficiario de la viabilidad ambiental, licencia, plan de manejo, recuperación o restauración ambiental, documento de evaluación y manejo ambiental, el pago de la cuota anual correspondiente, la cual deberá ser cancelada dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de ejecutoria del respectivo auto.

Parágrafo

Las autoridades ambientales podrán cobrar máximo los costos de tres (3) visitas anuales, al área donde se ejecuta el proyecto, obra o actividad. CAPITULO II. Oportunidad del cobro del servicio de evaluación y seguimiento de los permisos, concesiones y autorizaciones ambientales

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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