º. Transitorio. Los contribuyentes que al entrar en vigencia este Decreto hubieren ya presentado su declaración de renta y complementarios, correspondiente al año gravable de 1947, deberán adicionarla dentro del término de 30 días, contados desde la fecha de la publicación de este Decreto en el Diario Oficial, con un informe sobre los dividendos sobre acciones de todas clases, percibidos, causados o ganados en dinero o en especie, en el año gravable de 1947. En este informe podrán los contribuyentes indicar las sumas que hayan pagado en el mencionado año de 1947 por concepto de impuesto de masa global hereditaria, si se trata de sucesiones ilíquidas, de impuesto de asignaciones y donaciones, si se trata de personas naturales, y de inversiones de bonos del Instituto de Crédito Territorial, de acuerdo con la Ley 85 de 1946.
Decreto 2641 de 1948 →In force
Article 4
Transitorio
Decreto 2641 de 1948 · por el cual se reglamentan los Decretos legislativos 1961, de 10 de junio de 1948, y 2118, de 23 de junio del mismo año.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.