º. Las minas actualmente en explotación, no comprendidas en los grupos principales de que habla el artículo anterior, podrán ser contratadas, dando preferencia para ello a los mineros que, en la actualidad las trabajan. Los contratos que se celebren quedarán sometidos en sus lineamientos generales a las disposiciones de este Decreto. El beneficio de estos minerales se hará en el molino de Santa Cruz, o en aquellos que la Dirección instale para el efecto.
Decreto 461 de 1940 →In force
Article 3
Las Minas Actualmente En Explotación, No Comprendidas En Los Grupos Principales De Que Habla El Artículo Anterior, Podrán Ser Contratadas, Dando Preferencia Para Ello A Los Mineros Que, En La Actualidad Las Trabajan
Decreto 461 de 1940 · Por el cual se reglamenta la Ley 72 de 1939
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01
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02
Constitutional history
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