°. Prorróganse los plazos establecidos en el artículo 7° del Decreto 1362 de 2011, así: tres (3) meses contados a partir de la publicación del presente decreto para depurar e integrar la información que se registrará en la base de datos única centralizada y cinco (5) meses contados a partir del vencimiento del plazo anterior, para que la entidad descentralizada indirecta inicie su operación.
Article 1
Prorróganse Los Plazos Establecidos En El Artículo 7° Del Decreto 1362 De 2011, Así: Tres (3) Meses Contados A Partir De La Publicación Del Presente Decreto Para Depurar E Integrar La Información Que Se Registrará En La Base De Datos Única Centralizada Y Cinco (5) Meses Contados A Partir Del Vencimiento Del Plazo Anterior, Para Que La Entidad Descentralizada Indirecta Inicie Su Operación
Decreto 4022 de 2011 · por el cual se prorrogan los plazos establecidos en el articulo 7°del Decreto 1362 de 2011.
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