Cuando se trate de empleados públicos nacionales que viajen en ejercicio de funciones oficiales, el pasaporte expresará claramente cuáles son esas funciones, y se considerará como insuficiente el que no llene esta condición. En dicho pasaporte debe indicarse expresamente si el empleado tiene o no viáticos asignados.
El respectivo Gerente se abstendrá de conceder el pasaje al empleado que tenga viáticos asignados.