° Mientras subsista turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional, el Consejo Nacional de Estupefacientes funcionará con sujeción a las normas del presente Decreto y a las de la Ley 30 de 1986 que no sean incompatibles con el mismo.
Article 1
Mientras Subsista Turbado El Orden Público Y En Estado De Sitio Todo El Territorio Nacional, El Consejo Nacional De Estupefacientes Funcionará Con Sujeción A Las Normas Del Presente Decreto Y A Las De La Ley 30 De 1986 Que No Sean Incompatibles Con El Mismo
Decreto 494 de 1990 · por el cual se expiden normas sobre el Consejo Nacional de Estupefacientes y se dictan otras disposiciones conducentes al restablecimiento del orden público.
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