°. La incorporación de los funcionados a la nueva planta de personal que se adopta por la presente norma, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los treinta (30) días siguientes contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto.
Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que se encuentran desempeñando, hasta tanto se produzca su incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.