º Nómbrase para desempeñar el puesto de Ingeniero Administrador al señor doctor Luis Alberto Londoño, en reemplazo del señor doctor Guillermo Camacho G., por haberse promovido este último a otro puesto; y a los señores doctor Benjamín Beyes Ayudante del Ingeniero en la sección de Boyacá, y Benigno Rodríguez Ayudante del mismo en la sección de Cundinamarca; el señor Manuel Antonio Buenahora continuará desempeñando el puesto de Jefe de Trabajos en la sección de Cundinamarca, y los señores J. Gabriel Acosta, Maximiliano Neira y Tomás Perry, continuarán en los de Cajero Contador, Ayudante Cadenero del Ingeniero y Chofer del camión, en su orden. Comuníquese y publíquese.
Decreto 723 de 1922 →In force
Article 7
Nómbrase Para Desempeñar El Puesto De Ingeniero Administrador Al Señor Doctor Luis Alberto Londoño, En Reemplazo Del Señor Doctor Guillermo Camacho G
Decreto 723 de 1922 · Por el cual se reorganizan los trabajos de la Carretera Central del Norte en las secciones de Cundinamarca y Boyacá, y se hacen unos nombramientos
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.