JurídicoESEN

Article 21

Ley 141 de 1948 · Por la cual se crea la Comisión de Vigilancia de las Obras Públicas Nacionales y la Comisión de Servicio Civil; se adoptan ciertas medidas para la reducción de los gastos públicos y se dictan otras disposiones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

En lo sucesivo ninguna dependencia nacional podrá publicar revistas o folletos sin autorización conferida en cada caso por medio de decreto firmado por los Ministros de Gobierno y de Hacienda y Crédito Público.

Se exceptúan las publicaciones de la Presidencia de la República, las leyes que expidan las Cámaras Legislativas, las Memorias que los Ministros del Despacho deban presentar al Congreso, las demás obras o publicaciones periódicas cuya impresión haya sido o sea ordenada por ley o por resolución de las Cámaras, el Informe Financiero de la Contraloría General de la República, los Anuarios de la Estadística Nacional, los Anales de Economía y Estadística, la Gaceta Judicial y los Anales del Consejo de Estado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 141 de 1948