º. Son deberes del Ingeniero Técnico Explotador: a). Cumplir y hacer que se cumplan por los demás empleados de la Administración, las órdenes que dé el Administrador; b). Levantar los planos de las obras, edificios, etc., que se hayan de llevar a cabo, inclusive los caminos, puentes, etc., etc. c). Dirigir personalmente los trabajos que se hayan de efectuar en las minas, dando cuenta al Administrador de sus proyectos, estudios, etc., lo mismo que de las irregularidades que note en el servicio por parte de los empleados, y d). Finalmente, cooperar en forma activa y decidida a la acción del Administrador, prestándole ayuda eficaz en el desempeño de las funciones que se le asignan por el presente Decreto, y ayudándole en cuanto tienda al desarrollo de las minas y a la producción de las mismas.
Decreto 798 de 1923 →In force
Article 5
Son Deberes Del Ingeniero Técnico Explotador: A)
Decreto 798 de 1923 · Por el cual se reglamenta la administración y explotación de las minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
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