Defensoría del Pueblo. El Fondo de Garantías de Instituciones Financieras deberá enviar copia a la Defensoría del Pueblo del diseño del programa de enajenación, conforme a lo previsto en el segundo inciso del
del artículo 7º de la Ley 226 de 1995.
Decreto 3230 de 2002 · por el cual se aprueba la enajenación y el programa de venta de las acciones de Fiduciaria FES S.A., de propiedad del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras Fogafín.
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Defensoría del Pueblo. El Fondo de Garantías de Instituciones Financieras deberá enviar copia a la Defensoría del Pueblo del diseño del programa de enajenación, conforme a lo previsto en el segundo inciso del
del artículo 7º de la Ley 226 de 1995.
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