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Article 5

Ley 62 de 1909 · Sobre autorizaciones al Poder Ejecutivo o improbación condicional de un contrato

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

En los contratos que celebre el Poder Ejecutivo, en virtud de lo dispuesto en esta Ley, podrá incluirse en el pliego de cargos la condición de que los contratistas establezcan en las líneas principales el sistema de los aparatos impresores Hughes, y, además, la de una instalación inalámbrica en cada una de las costas atlántica y pacífica y en donde sea más conveniente, á juicio del Gobierno, y con la energía necesaria para comunicarse á una distancia hasta de doscientas millas desde el punto de su instalación. Las instalaciones inalámbricas pasarán á ser propiedad del Gobierno desde el día de su funcionamiento.

Parágrafo

El Gobierno reglamentará esta comunicación de acuerdo con las convenciones á que haya lugar y determinará la cuota proporcional con que deben contribuir los diferentes contratistas para el establecimiento de las estaciones inalámbricas de que se habla anteriormente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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