JurídicoESEN

Article 1.2.10.6.1.4

Medidas Preventivas Vigentes Al 1º De Enero De 2021

Decreto 1821 de 2020 · Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Medidas preventivas vigentes al 1º de enero de 2021. Tratándose de medidas preventivas impuestas por las causales previstas en los literales b) y c) del artículo 109 de la Ley 1530 de 2012, esto es, por incumplir un plan de mejora o por ejecutar acciones que generan peligro inminente de uso indebido de los recursos del SGR, en aquellos casos en los que a 31 de marzo de 2021 la entidad ejecutora no haya solicitado el levantamiento de la medida acreditando la superación de las circunstancias que motivaron su imposición o no haya solicitado la adopción de Condiciones Especiales de Seguimiento y Giro, procederá la liberación de los recursos suspendidos. Si una vez presentada la solicitud de levantamiento dentro de ese término, la entidad recibe concepto técnico de incumplimiento, podrá dentro del mes siguiente a la comunicación sobre su incumplimiento, presentar solicitud de adopción de Condiciones Especiales de Seguimiento y Giro.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1821 de 2020