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Article 2.2.5.5.32

Derechos En La Comisión De Estudios

Decreto 1083 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Derechos en la comisión de estudios. Durante la comisión de estudios el empleado tendrá derecho a

1.

Percibir el salario y las prestaciones sociales que se causen durante la comisión.

2.

A los pasajes aéreos, marítimos o terrestres.

3.

A que el tiempo de la comisión se le cuente como servicio activo.

4.

A los demás beneficios que se pacten en el convenio suscrito entre el empleado público y la entidad que otorga la comisión.

5.

A ser reincorporado al servicio una vez terminada la comisión de estudios.

Parágrafo 1

La comisión de estudios al interior del país que se confiera dentro de la misma ciudad no dará lugar al pago de transporte. La comisión de estudios en ningún caso dará lugar al pago de viáticos.

Parágrafo 2

La comisión de estudios no incluirá el pago de inscripción, matrícula y derechos de grado, salvo en casos excepcionales que determine el jefe del organismo, de acuerdo con las necesidades del servicio.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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