Son deberes y atribuciones de los Profesores en ejercicio: 1.° Hacer en el local de la Facultad la clase ó clases que les correspondan, en la hora, durante el tiempo y en los días que les señalen el Consejo Directivo ó el Rector, á los alumnos comprendidos en la lista que les pase el Secretario; 2.° Formar el programa respectivo para los exámenes del curso de su cargo y someterlo por conducto del Rector á la aprobación del Consejo Directivo de la Facultad, y proponer las variaciones necesarias en él por los adelantos de la ciencia; 3.° Asistir á los exámenes anuales, á los supletorios, de habilitación y generales de grado para que se les nombre; á las reuniones generales á que los convoque el Rector, y á los demás actos que, según el Reglamento, sea obligatorio; 4.° Dar al Rector los informes que les pida sobre la organización, los textos y el estado de la clase que esté á su cargo, y sobre los puntos científicos relacionados con los ramos que enseñen; y desempeñar las comisiones que el Consejo Directivo les confíe; y 5.° Cumplir las demás obligaciones que este Reglamento les señala.
Decreto 369 de 1906 →In force
Article 23
Son Deberes Y Atribuciones De Los Profesores En Ejercicio: 1
Decreto 369 de 1906 · Por el cual se reglamenta la facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
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