Serán deberes especiales de los asociados
Conocer los estatutos y las reglamentaciones generales del Fondo;
Cumplir las obligaciones derivadas de su vinculación con el Fondo;
Aceptar y cumplir las decisiones de los organismos de dirección, administración y control;
Comportarse con espíritu solidario en sus relaciones con el Fondo y con los asociados del mismo, y
Abstenerse de efectuar actos o de incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica o el prestigio social del Fondo.