°. Modifícase el artículo 9° del Decreto número 2962 de 2011, el cual quedará así: "Artículo 9°. Autorización . Siempre se requerirá autorización del Consejo Directivo tratándose de contratos para operaciones de crédito y sus actividades conexas. También se requerirá autorización del Consejo Directivo para contratar directamente, cuando se trate de contratos para la ejecución de actividades que solamente puedan encomendarse a determinadas personas, en consideración a sus calidades especiales; contratos de prestación de servicios, de consultoría y los relacionados con actividades operativas, logísticas o asistenciales; arrendamiento, comodato y adquisición de bienes inmuebles, y la cuantía del futuro contrato, en esos casos, supere los 20.000 smmlv".
Decreto 1241 de 2013 →In force
Article 2
Modifícase El Artículo 9° Del Decreto Número 2962 De 2011, El Cual Quedará Así: "artículo 9°
Decreto 1241 de 2013 · por el cual se modifican los artículos 4° y 9° del Decreto número 2962 de 2011,
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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