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Article 32

Decreto 374 de 1994 · por el cual se reglamenta parcialmente los artículos 152 y 245 del la Ley 100 de 1993, y la Ley 9 de 1979, en cuanto a la expedición de licencias y registros sanitarios de medicamentos, cosméticos, preparaciones farmacéuticas a base de productos naturales, productos homeopáticos, materiales odontológicos e insumos para la salud, y se dictan otras disposiciones sobre la materia

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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DE LAS RENOVACIONES DE LOS REGISTROS SANITARIOS. Las renovaciones de los Registros Sanitarios se realizarán siguiendo el mismo procedimiento de su expedición, en lo que hace referencia a las evaluaciones farmacéutica y legal. Sin embargo, la renovación requerirá indefectiblemente análisis y evaluación del proceso de elaboración y del cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura vigentes, mediante visita de inspección al establecimiento fabricante, dentro de los seis (6) meses anteriores al vencimiento del Registro, practicados por una entidad acreditada, a petición del interesado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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