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Article 3

Para Efectuar El Cálculo De La Reserva Individual, El Respectivo Estudio Deberá Incluir Al Menos La Siguiente Información: A) Nombre, Sexo Y Nit De La Persona A Que Se Refiere El Cálculo; B) Fecha De Nacimiento Y Edad Actuarial; C) Años De Servicio A La Empresa, Contínuos O Discontínuos; D) Número De Semanas Cotizadas Al Instituto Colombiano De Seguros Sociales

Decreto 135 de 1974 · Por el cual se reglamenta el art?culo 4? de la ley 7? de 1967

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Para efectuar el cálculo de la reserva individual, el respectivo estudio deberá incluir al menos la siguiente información

a)

Nombre, sexo y NIT de la persona a que se refiere el cálculo;

b)

Fecha de nacimiento y edad actuarial;

c)

Años de servicio a la empresa, contínuos o discontínuos;

d)

Número de semanas cotizadas al Instituto Colombiano de Seguros Sociales.

e)

Salario devengado a la fecha del cierre del respectivo período fiscal;

f)

Valor de la pensión por mes, actual o en espectativa, según el caso, a cargo tanto de la sociedad como del Instituto Colombiano de Seguros Sociales.

Parágrafo

Además de la información anterior, cada estudio estará acompañado de una nota técnica explicativa de las fórmulas matemáticas utilizadas en cada caso.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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