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Article 2

º

Decreto 754 de 1996 · Por el cual se deroga un decreto y se modifican unas disposiciones.

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01

Text of the article

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º. Modifícase el artículo 2º del Decreto 950 de 1995, el cual quedará así: "La Comisión de Coordinación Interinstitucional para el Control del Lavado de Activos estará integrada de la siguiente forma

1.

El Ministro de Justicia y del Derecho o el Viceministro, quien la presidirá;

2.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público o el Viceministro de Hacienda;

3.

El Ministro de Defensa Nacional o el Jefe del Departamento D-2 del Comando General de las Fuerzas Militares;

4.

El Ministro de Comercio Exterior o el Viceministro;

5.

El Director del Departamento Nacional de Planeación o el Subdirector;

6.

El Director del Departamento Administrativo de Seguridad -DAS- o el Subdirector;

7.

El Fiscal General de la Nación o el Vicefiscal;

8.

El Contralor General de la República o el Vicecontralor;

9.

El Gerente General del Banco de la República o uno de los miembros de la Junta Directiva;

10.

El Comandante General de las Fuerzas Militares o el Jefe del Estado Mayor Conjunto;

11.

El Director de la Policía Nacional o el Subdirector;

12.

El Director del Instituto Colombiano de Comercio Exterior -Incomex-;

13.

El Director de Impuestos y Aduanas Nacionales;

14.

El Superintendente Bancario;

15.

El Superintendente de Valores, y

16.

El Superintendente de Sociedades.

Parágrafo

A iniciativa de la Presidencia de la Comisión se podrá formular invitación a cualquier otra dependencia o entidad del Estado cuya presencia sea conveniente para el mejor cumplimiento de las funciones que se describen en el artículo 4º de este Decreto".

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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