º. Para el cumplimiento de las funciones que por el artículo anterior se le adscriben, la Comisión de Textos y Materiales Escolares tendrá la colaboración de un Comité Técnico integrado en la siguiente forma: por el Jefe de la Rama Técnica, quien lo presidirá; por el Jefe de la División de Educación Superior y Normalista; por el Jefe de la División de Educación Media; por el Jefe de la División de Educación Elemental y Alfabetización; por el Jefe de la Oficina de Planeamiento; por el Jefe de la Oficina Jurídica; por el Rector del Colegio Nacional Piloto Nicolás Esguerra, y por sendos representantes de las Asociaciones de Profesores de Enseñanza Secundaria de Licenciados y de la Federación Nacional de Educadores.
El Ministerio de Educación Nacional reglamentará la forma como se designen estos tres últimos miembros del Comité Técnico.
El Ministro de Educación nombrará al Secretario del Comité de entre los funcionarios del Ministerio.