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Article 2.2.2.2.2.1

Requisitos De La Solicitud

Decreto 1079 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte.

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01

Text of the article

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Requisitos de la solicitud. Con la solicitud de la verificación de carencia de informes por tráfico de estupefacientes, la persona natural o jurídica deberá presentar los siguientes documentos:

1.

Para personas naturales:

a)

Nacionales: cédula de ciudadanía.

b)

Extranjeras: pasaporte vigente, cédula de extranjería o documento de identificación del país de origen vigente.

2.

Para personas jurídicas:

a)

Nacionales:

i)

Original del certificado de existencia y representación legal en donde consten los socios que cuentan con una participación igual o superior al veinte por ciento (20%) del capital social suscrito, en el evento en que no lo establezca, el original del documento que lo certifique firmado por el representante legal, revisor fiscal o contador público.

ii) Copia de la cédula de ciudadanía o del documento de identidad vigente del representante legal, de los miembros de la junta directiva, principales y suplentes y de los socios que cuentan con una participación accionaria igual o superior al veinte por ciento (20%) del capital social suscrito.

b)

Extranjeras:

i)

Original del documento que acredite la existencia y representación legal del respectivo país o mediante el cual se reconozca su personería jurídica, en donde consten los socios que cuentan con una participación igual o superior al veinte por ciento (20%) del capital social suscrito, en el evento en que no lo establezca, el documento idóneo o equivalente que lo certifique debidamente suscrito por el representante legal o quien haga sus veces.

ii) Copia del documento de identidad vigente del representante legal o quien haga sus veces, de los miembros de la junta directiva, principales y suplentes y de los socios que cuentan con una participación accionaria igual o superior al veinte por ciento (20%) del capital social suscrito.

Parágrafo

La Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (AEROCIVIL) y la Dirección General Marítima (Dimar) podrán conectarse gratuitamente a los registros públicos que llevan las entidades encargadas de expedir los certificados de existencia y representación legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto–ley 0019 de 2012.

(Decreto 048 de 2014, artículo 8°).

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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