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Article 4

Articulación Interinstitucional

Decreto 542 de 2018 · por el cual se desarrolla parcialmente el artículo 140 de la Ley 1873 de 2017 y se adoptan medidas para la creación de un registro administrativo de migrantes venezolanos en Colombia que sirva como insumo para el diseño de una política integral de atención humanitaria.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

°. Articulación Interinstitucional. Las Personerías Municipales y Distritales, en sus respectivas jurisdicciones, con el apoyo de los diferentes entes del Estado y organismos internacionales podrán brindar colaboración, dentro del marco de sus competencias, para el recaudo de la información que hará parte del registro administrativo de migrantes venezolanos a cargo de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). Las Defensorías del Pueblo, en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, orientarán e instruirán a los venezolanos que deseen registrarse y acompañarán el proceso de recaudo de la información.

Parágrafo

Las Personerías Municipales y Distritales que decidan brindar su colaboración para el recaudo de la información del Registro Administrativo de Migrantes venezolanos, lo harán con sujeción a los parámetros, directrices y metodología que para tales efectos establezca la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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