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Article 16

Para Cada Distrito De Riego Se Fijará Un Presupuesto Ordinario De Operación, Conservación Y Mejoramiento, De Vigencia Anual, Que Será Cubierto Por Los Usuarios A Través De Tarifas Fijas Y Volumétrica

Decreto 182 de 1968 · Por el cual se reglamenta el uso de aguas, operación, conservación y mantenimiento de los distritos de riego y avenamiento

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Text of the article

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Para cada Distrito de Riego se fijará un presupuesto ordinario de operación, conservación y mejoramiento, de vigencia anual, que será cubierto por los usuarios a través de tarifas fijas y volumétrica. En el reglamento específico de cada Distrito se fijarán los porcentajes de este presupuesto que será cubierto con dichas tarifas, la participación de la Junta General de Usuarios en la elaboración del presupuesto y las fechas de cobro.

Parágrafo

Podrán Ejecutarse trabajos u obras extraordinarias o de emergencia no previstas en el presupuesto ordinario a que se refiere este artículo. El costo de estas obras será cubierto por los usuarios beneficiados según las modalidades que para cada Distrito se señalen.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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