Los negocios de orden administrativo originarios de los Municipios que formarán parte del Departamento de Risaralda y que en la actualidad cursan en el Tribunal Contencioso-Administrativo de Caldas, pasarán el 1° de febrero de 1967, en el estado en que se encuentren, a conocimiento del Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Risaralda.
Article 18
Los Negocios De Orden Administrativo Originarios De Los Municipios Que Formarán Parte Del Departamento De Risaralda Y Que En La Actualidad Cursan En El Tribunal Contencioso-Administrativo De Caldas, Pasarán El 1° De Febrero De 1967, En El Estado En Que Se Encuentren, A Conocimiento Del Tribunal De Lo Contencioso-Administrativo De Risaralda
Decreto 16 de 1967 · Por el cual se dictan normas sobre organización del Departamento de Risaralda y se provee sobre algunas omisiones de la Ley 70 de 1966
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.