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Article 69

La Subdirección De Control De Patologías Tiene Las Siguientes Funciones: A) Orientar La Formulación De Planes, Programas Y Proyectos Dirigidos A La Prevención Y Control De Patologías En El Ámbito Del Sistema De Salud, Según Las Prioridades Establecidas; B) Proponer Las Políticas Nacionales En Materia De Prevención Y Control De Patologías Prioritarias En Concordancia Con El Plan Nacional De Salud Y Con El Plan Nacional De Desarrollo; C) Dirigir El Diseño Y Velar Por Mantener Actualizadas Las Normas Para Lograr La Detección, Diagnóstico Precoz Y Atención Oportuna De Las Enfermedades En Los Grupos Vulnerables A Nivel Institucional, Los Distintos Espacios Sociales Y En Los Relacionados A Cada Riesgo Prioritario, Así Como Pautas Educativas Para Su Control; D) Dirigir El Diseño De Proyectos Para El Manejo Integral De Las Principales Patologías Que Sirvan De Guía Para Los Otros Niveles Del Sistema De Salud; E) Coordinar La Supervisión, Control Y Evaluación De Los Planes, Programas Y Proyectos A Que Hace Mención La Letra A); F) Coordinar La Vigilancia Sobre El Cumplimiento De Las Normas Científicas Y Técnicas Para El Control De Dichos Riesgos; G) Coordinar La Asistencia Técnica A Los Demás Niveles Del Sistema De Salud Sobre Prevención Y Control De Los Principales Riesgos Del País; H) Coordinar Actividades Para La Prevención Y Control De Las Patologías Prioritarias Con Organismos Del Sector Y Otros Sectores Relacionados

Decreto 1471 de 1990 · por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Salud y se determinan las funciones de sus dependencias.

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ARTICULO 69. La Subdirección de Control de Patologías tiene las siguientes funciones

a)

Orientar la formulación de planes, programas y proyectos dirigidos a la prevención y control de patologías en el ámbito del Sistema de Salud, según las prioridades establecidas;

b)

Proponer las políticas nacionales en materia de prevención y control de patologías prioritarias en concordancia con el Plan Nacional de Salud y con el Plan Nacional de Desarrollo;

c)

Dirigir el diseño y velar por mantener actualizadas las normas para lograr la detección, diagnóstico precoz y atención oportuna de las enfermedades en los grupos vulnerables a nivel institucional, los distintos espacios sociales y en los relacionados a cada riesgo prioritario, así como pautas educativas para su control;

d)

Dirigir el diseño de proyectos para el manejo integral de las principales patologías que sirvan de guía para los otros niveles del Sistema de Salud;

e)

Coordinar la supervisión, control y evaluación de los planes, programas y proyectos a que hace mención la letra a);

f)

Coordinar la vigilancia sobre el cumplimiento de las normas científicas y técnicas para el control de dichos riesgos;

g)

Coordinar la asistencia técnica a los demás niveles del Sistema de Salud sobre prevención y control de los principales riesgos del país;

h)

Coordinar actividades para la prevención y control de las patologías prioritarias con organismos del sector y otros sectores relacionados. División de Patologías Transmisibles.

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