En los casos de construcciones, dotaciones o mantenimiento de instalaciones de menor complejidad, los municipios o sus entidades descentralizadas, contratarán, preferencialmente, las respectivas actividades con las entidades de que trata el artículo 22 de la Ley 11 de 1986 y con las sociedades cooperativas, de acuerdo con las normas de los artículos 23 de la misma ley, y tendrán en cuenta la participación comunitaria, en los términos previstos en las reglas que se adopten, en desarrollo de lo previsto en el artículo 1° de esta Ley.
Ley 10 de 1990 →Amended
Article 15
Contratación Preferencial
Ley 10 de 1990 · LEY 10 DE 1990, 10/01/1990, por la cual se reorganiza el Sistema Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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