Los Asesores del Consejo tendrán, además de las funciones que les corresponde como miembros del Consejo, las siguientes
Preparar las ponencias sobre los asuntos que deba resolver el Consejo;
Celebrar las audiencias a que hubiere lugar para que el Consejo Superior defina la situación de, los funcionarios de carrera administrativa;
Emitir concepto para ante el Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil sobre los proyectos de estatutos de personal cíe los Establecimientos Públicos y Empresas Industriales y Comerciales del Estado;
Las demás que le señale la ley, los reglamentos, o les encomiende el Gobierno.