JurídicoESEN

Article 72

Para El Comercio De Productos Agropecuarios Amparados Por El Programa De Liberación Del Acuerdo, Serán Plenamente Aplicables, Aun Después Del Período Señalado En El Artículo 2º Del Tratado De Montevideo, El Artículo 28 De Éste, Las Resoluciones Que Lo Complementan Y Las Disposiciones Que En El Futuro Las Modifiquen O Sustituyan

Decreto 1245 de 1969 · por el cual se aprueba el Acuerdo de Integración Sub-regional ( Grupo Andino ), suscrito en Bogotá el 26 de mayo de 1969 por Plenipotenciarios de los Gobiernos de Colombia, Bolivia, Chile, el Ecuador y Perú.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Para el comercio de productos agropecuarios amparados por el Programa de Liberación del Acuerdo, serán plenamente aplicables, aun después del período señalado en el artículo 2º del Tratado de Montevideo, el artículo 28 de éste, las Resoluciones que lo complementan y las disposiciones que en el futuro las modifiquen o sustituyan.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1245 de 1969