°. Adiciónese un inciso al literal e del numeral 2 del artículo 2.1.1.1.1.1.8 del Decreto 1077 de 2015, el cual quedará así: Las Cajas de Compensación Familiar podrán otorgar subsidios de arrendamiento temporal, para lo cual definirán a través de sus Consejos Directivos el monto del respectivo FOVIS que destinarán para tal efecto, así como el valor del subsidio a asignar y el tiempo del mismo, los cuales en todo caso no podrán ser superiores al límite establecido en este literal. Para la postulación al subsidio de arrendamiento temporal los beneficiarios deberán acreditar el cumplimiento de las condiciones aplicables a los subsidios otorgados por las Cajas de Compensación Familiar, establecidas en el presente decreto.
Decreto 1603 de 2020 →In force
Article 2
Adiciónese Un Inciso Al Literal E Del Numeral 2 Del Artículo 2
Decreto 1603 de 2020 · Por el cual se modifica el Decreto 1077 de 2015 en relación con la operación de las Cajas de Compensación Familiar y se dictan otras disposiciones
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.