JurídicoESEN

Article 2.3.1.8.3.2.4

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Incremento de la Pensión de Invalidez para Patrulleros de la Policía Nacional. El personal de Patrulleros de la Policía Nacional, que sea beneficiario de la Pensión por invalidez, cuya disminución de la capacidad laboral sea igual o superior a un cincuenta por ciento (50%) e inferior a un setenta y cinco por ciento (75%), originada por actos meritorios, acción directa del enemigo, en tareas de mantenimiento o restablecimiento del orden público o en conflicto internacional, tendrá derecho a que el pago de la pensión mensual de invalidez se incremente con las partidas computables según lo previsto en los Decretos 4433 de 2004 y 1858 de 2012, en el setenta y cinco por ciento (75%).

Parágrafo 1

El personal de Patrulleros de la Policía Nacional, que sea beneficiario de la Pensión por invalidez, con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 1979 de 2019, el incremento pensional se realizará a partir del 25 de julio de 2019.

Parágrafo 2

El personal de Patrulleros de la Policía Nacional, que sea beneficiario de la Pensión por invalidez, con posterioridad al 25 de julio de 2019, el incremento pensional se realizará a partir de la fecha fiscal que disponga el reconocimiento pensional.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1070 de 2015