º. A partir de la entrada en vigor del Acuerdo, los aranceles aduaneros a las importaciones de productos del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías de Colombia, originarias de un Estado AELC, serán eliminados en la forma prevista en las disposiciones comprendidas en los Capítulos Segundo (Productos Industriales), Tercero (Productos Agrícolas Procesados) y Cuarto (Productos de la Pesca y otros Productos Marinos) del presente decreto.
Article 1
A Partir De La Entrada En Vigor Del Acuerdo, Los Aranceles Aduaneros A Las Importaciones De Productos Del Sistema Armonizado De Designación Y Codificación De Mercancías De Colombia, Originarias De Un Estado Aelc, Serán Eliminados En La Forma Prevista En Las Disposiciones Comprendidas En Los Capítulos Segundo (Productos Industriales), Tercero (Productos Agrícolas Procesados) Y Cuarto (Productos De La Pesca Y Otros Productos Marinos) Del Presente Decreto
Decreto 29 de 2012 · por el cual se da cumplimiento a los compromisos arancelarios adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Colombia y los Estados AELC, el Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y la República de Islandia, el Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y el Reino de Noruega, y el Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y la Confederación Suiza
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