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Article 41

Se Entiende Por Incompetencia Para El Ejercicio Del Profesorado: A) La Falta De Preparación Intelectual, De Formación Moral, De Consagración, O La Falta De Métodos Pedagógicos Adecuados Para La Enseñanza Y Para El Manejo De Estudiantes; B) El Abandono Notorio En La Preparación De Sus Clases De Estudio De Las Materias De Su Especialidad Y El Insuceso De Un Alto Desproporcionado Porcentaje De Los Estudiantes En Sus Clases La Impuntualidad En El Cumplimiento De Sus Deberes, Y La Incapacidad Para Mantener La Disciplina Del Curso

Decreto 128 de 1977 · Por el cual se dicta el estatuto del personal docente de enseñanza primaria y secundaria a cargo de la Nación

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Text of the article

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Se entiende por incompetencia para el ejercicio del profesorado

a)

La falta de preparación intelectual, de formación moral, de consagración, o la falta de métodos pedagógicos adecuados para la enseñanza y para el manejo de estudiantes;

b)

El abandono notorio en la preparación de sus clases de estudio de las materias de su especialidad y el insuceso de un alto desproporcionado porcentaje de los estudiantes en sus clases la impuntualidad en el cumplimiento de sus deberes, y la incapacidad para mantener la disciplina del curso. b) Adolecer de los defectos físicos o enfermedades siguientes: Defectos físicos notorios que imposibiliten su misión, como la voz bitonal o nasal, tartamudez, deficiencias graves de visión o audición, tuberculosis, leprasífilis, demencias, neurosis o psicosis de cualquier índole se entiende por mala conducta. Se entiende por mala conducta. a) La comisión de contravenciones graves o delitos. b) La conducta moral relajada o escandalosa, como embriaguez frecuente, de conformidad con el artículo 242 de la Ley 4º de 1913, o de consuetudinario uso del licor, el vicio del juego, amancebamiento público;

c)

Notorio incumplimiento de las obligaciones familiares o públicos desorganización en la vida privada, económica o social;

d)

Intervención militante en política de partido, como conferencias, campañas en pro o en contra para candidatos de elección popular, propaganda periodística o participación en Juntas políticas;

e)

Mal manejo o descuido de bienes materiales del establecimiento que se le hubiere confiado; carácter irascible e incontrolable, en forma que cree frecuentes conflictos en el respectivo establecimiento;

f)

La participación en huelgas o paros de carácter general, cuya ilegalidad sea declarada por autoridad competente.

02

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