°. Modificase el artículo 2° del Decreto 330 del 5 de febrero de 2009, el cual quedará así: "Artículo 2°. Las partes acordarán los términos y condiciones del contrato fiduciario,cuyo plazo no podrá ser superior a veinte (20) meses, contados a partir de la fecha en quefinalice la entrega de la totalidad de las actividades que involucra la administración, exploración, explotación y comercialización de las salinas de Manaure momento en el cual sesuscribirá entre las partes contratantes la correspondiente acta de entrega. Dicho contratoterminará antes del vencimiento del plazo que se acuerde, en el evento que dentro del mismo,SAMA LTDA. contrate al operador privado. Así mismo, en el contrato de encargo fiduciario, se deberá prever la existencia de uncomité fiduciario, del cual harán parte el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y elMinisterio de Minas y Energía, a través de sus delegados".
Decreto 3303 de 2010 →In force
Article 1
Modificase El Artículo 2° Del Decreto 330 Del 5 De Febrero De 2009, El Cual Quedará Así: "artículo 2°
Decreto 3303 de 2010 · por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 330 del 5 de febrero de 2009.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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